Música cristiana contemporánea, tradicional o bíblica
¿Autoriza Dios el uso de
INSTRUMENTOS de MÚSICA
en las
ALABANZAS
de la iglesia?
El cantautor “cristiano” Marcos Witt graba “Sobrenatural” en vivo,
en Bogotá, Colombia. Muchos instrumentos de música “para alabar a Dios”.
¿Autoriza el Espíritu Santo este tipo de “alabanzas”?
¿Se agrada Dios de ellas?
“La fuerza de las guitarras, el punch de las baterías, y la calidad
de la banda musical… Es de reconocer que el montaje de luces,
sonido, video y la escenografía, propiamente dicho, ha sido uno
de los más deslumbrantes que se han visto…”, escribió Germán
“Chote” Garavito, de Conexión Vital Comunicaciones.
Mas, sin embargo, ¿dónde encontrar, en toda la Biblia, conceptos
de adoración, escenas o expresiones siquiera remotamente parecidos
a estos? ¿Acaso en el “santuario terrenal”, es decir, en el templo judío,
entre sus “ordenanzas de culto”, bajo “el primer pacto”, o sea,
el Antiguo Testamento? (Hebreos 9:1-12).
¿Acaso se agrade Dios de la "adoración espontánea", no
importando su naturaleza, siempre y cuando rendida
con sinceridad y "buen propósito”?
La inmensa mayoría de los adoradores del presente simplemente no cuestiona la legalidad bíblica del uso de instrumentos musicales en culto a Dios. Parece ignorar completamente que, a la luz de la historia del cristianismo, alabar con instrumentos de música es un fenómeno de tiempos modernos. ¿Por qué no se tocaron instrumentos en las iglesias, con raras excepciones, durante los primeros diecisiete siglos de la Era Cristiana?
Explotando a cientos de millones de consumidores “creyentes”, los “artistas cristianos”, sus promotores y las empresas “cristianas” que mercadean infinidad de discos compactos, espectáculos musicales en teatros, coliseos, parques o por televisión, encuentran en la “música cristiana contemporánea” una verdadera mina sumamente lucrativa.
Entre algunos proponentes de la “música cristiana contemporánea” suscitan dudas y controversias en torno a la introducción en las alabanzas de “música cristiana rap, rock, salsa, merengue, bachata, mariachi, reguetón” y otros ritmos populares. ¿Quién determina cuál música cristiana sea apropiada en las iglesias, o grata a los oídos de Dios?
Contra estas corrientes arrolladoras de “innovaciones modernas” en las alabanzas, planteamos que tocar instrumentos de música en culto a Dios, como además para entretener, emocionar o incentivar tanto a adoradores como al gentío no convertido a Cristo, carece de respaldo bíblico. Ofrecemos, para el análisis objetivo e inteligente…
RAZONES DE GRAN PESO
para excluir los instrumentos de música
del culto de la iglesia y
de toda actividad espiritual
Parte I
Fuertes razones hallamos en el “cambio de ley” que efectuó el propio Dios (Hebreos 7:12), y en la naturaleza espiritual de la adoración enseñada por Cristo y el Espíritu Santo en el Nuevo Testamento.
Estimado estudioso de las Sagradas Escrituras,
¿tendrá usted el ánimo, la paciencia y la imparcialidad
requeridos para el análisis de esta enseñanza tan controvertida?
Sacerdocio levítico, altares de oro, incienso, incensarios de oro y querubines
de oro. Estos seres y estas cosas del Antiguo Testamento fueron clavadas
en la cruz, juntamente con las demás ordenanzas de aquel “primer pacto”,
no siendo transferidas a la iglesia bajo el Nuevo Testamento.
¿Por qué se exceptuarían los instrumentos de música tocados
según aquella misma ley antigua caducada y abolida por Dios mismo?
I. Las razones principales para vetar el uso de instrumentos de música en la adoración descansan en el “cambio de ley” que efectuó Dios mismo (Hebreos 7:12), y en la naturaleza espiritual de la adoración conforme al Nuevo Testamento.
A. Cuando Jesucristo fue clavado en la cruz, también el Antiguo Testamento quedó clavado en la misma madera. “Anulando el acta de los decretos que había contra nosotros, que nos era contraria, quitándola de en medio y clavándola en la cruz” (Colosenses 2:14-16; 2 Corintios 3:6-17).
B. Inaugurada la Era Cristiana en el día de Pentecostés del año 30 d. C. (Hechos 2), la iglesia establecida en aquel día recibe un testamento “mejor” que aquel Antiguo Testamento (Hebreos 8:6-13), siendo “Jesús el Mediador” de este “nuevo pacto” superior (Hebreos 9:15-17; 12:24) “establecido sobre mejores promesas”. “Jesús es hecho fiador de un mejor pacto” (Hebreos 7:22).
C. Los CAMBIOS son amplios y drásticos, elevándose lo espiritual del Nuevo Testamento muy por encima de lo material del Antiguo Testamento.
1. El pueblo electo de Dios cambia: de pueblo terrenal (Israel, según la carne), a pueblo espiritual, o sea, la iglesia, la cual es “casa espiritual” (1 Pedro 2:5). Se reitera: “casa espiritual”.
a) La iglesia es el reino de Dios en la tierra (Colosenses 1:13; Juan 6:1-7; Hechos 20:25; Hebreos 12:25-29).
b) Dijo Cristo a Pilato: “Mi reino no es de este mundo... mi reino no es de aquí” (Juan 18:36). El reino de Dios no es terrenal sino espiritual. Siendo la iglesia el reino de Dios en la tierra, ella es, por inferencia necesaria, una entidad espiritual.
c) La iglesia es “linaje escogido... nación santa, pueblo adquirido por Dios... pueblo de Dios” (1 Pedro 2:9-10), suplantando, en los designios de Dios, al Israel según la carne.
2. El sacerdocio cambia. “Cambiado el sacerdocio, necesario es que haya también cambio de ley” (Hebreos 7:12).
a) El nuevo sumo sacerdote es Cristo quien “fue declarado por Dios sumo sacerdote según el orden de Melquisedec” (Hebreos 5:10). Este nuevo sumo sacerdote “permanece para siempre”, pues lo suyo es “un sacerdocio inmutable” (Hebreos 7:24).
b) El sacerdocio levítico pasa a la historia. Dios instituye en su nueva “casa espiritual” un nuevo “sacerdocio santo”, un “sacerdocio real” (1 Pedro 2:5, 9). Todos los fieles de la iglesia, tanto las damas como los varones, constituyen este nuevo sacerdocio santo y real. Escribiendo el apóstol Pedro las palabras “vosotros... sed edificados... como sacerdocio santo... vosotros sois... real sacerdocio”, se dirige a todos los miembros de la iglesia, y no a una jerarquía eclesiástica exclusivista, tal como la que funciona en la Iglesia Católica Romana.
3. La ley cambia. “Cambiado el sacerdocio, necesario es que haya también cambio de ley” (Hebreos 7:12).
a) La ley moral cambia. “Oísteis que fue dicho... Pero yo os digo” (Mateo 5:21-48; 2 Corintios 3:6:17).
A continuación, un ejemplo de los cambios hechos por Jesucristo en la ley moral: “Oísteis que fue dicho: No cometerás adulterio. Pero yo os digo que cualquiera que mira a una mujer para codiciarla, ya adulteró con ella en su corazón” (Mateo 5:31-32).
Otro ejemplo: “Oísteis que fue dicho: Amarás a tu prójimo, y aborrecerás a tu enemigo. Pero yo os digo: Amad a vuestros enemigos…” (Mateo 5:43-44).
Ninguno en sus cabales espirituales porfiaría que estos cambios fueran meramente la “espiritualización de la Antigua Ley de Moisés” o que el Señor estuviera corrigiendo, nada más, “las tradiciones judías añadidas a la ley mosaica por los rabíes”.
Para estudios extensos al respecto, recomendamos los que se hallan en www.editoriallapaz.org/leyes_compilacion2.htm.
b) Las leyes sobre comidas, bebidas, días de fiesta, luna nueva, días de reposo, purificaciones, etcétera, cambian (Colosenses 2:14-16; 1 Timoteo 4:1-5). ¡Todo cambia! Bajo el Nuevo Testamento, ¡todo cambia!
4. Los sacrificios cambian. En cuanto a nosotros los cristianos, somos “sacerdocio santo, para ofrecer sacrificios espirituales aceptables a Dios por medio de Jesucristo” (1 Pedro 2:5).
a) Qué conste: ofrecemos “sacrificios espirituales”, y no carnales a la manera del Antiguo Testamento. No ofrecemos sacrificios de machos cabríos, corderos o tórtolas. Reiteramos: nuestros sacrificios son “espirituales”.
b) Entre nuestros “sacrificios espirituales” se encuentran los siguientes:
(1) Alabanzas. “Así que, ofrezcamos siempre a Dios, por medio de él, sacrificio de alabanza, es decir, fruto de labios que confiesan su nombre” (Hebreos 13:15). “Alabanza” es la traducción del griego “αἰνέσεως”.
(2) Obras benévolas. “Y de hacer bien y de la ayuda mutua no os olvidéis; porque de tales sacrificios se agrada Dios” (Hebreos 13:16).
(3) Quizá el salmista David anticipara estos sacrificios espirituales al escribir: “Los sacrificios de Dios son el espíritu quebrantado; al corazón contrito y humillado no despreciarás tú, oh Dios” (Salmo 51:17).
5. El altar cambia. “Tenemos un altar, del cual no tienen derecho de comer los que sirven al tabernáculo” (Hebreos 13:10). Aquel “tabernáculo” era el lugar sagrado de Israel. En el atrio del tabernáculo, o templo, se encontraba el altar de holocaustos, donde los sacerdotes levíticos sacrificaban animales conforme a la Antigua Ley recibida en el monte de Sinaí.
a) El “altar” de los cristianos no es el de los holocaustos. El nuestro no es literal. Jesucristo no fue ofrecido sobre el altar de los holocaustos sino que fue sacrificado en “un lugar llamado Gólgota, que traducido es: Lugar de la Calavera” (Marcos 15:22).
Pero, aun este lugar adquiere matices de simbología espiritual en el lenguaje retórico, en parte, de Hebreos 13:12-14. “Por lo cual también Jesús, para santificar al pueblo mediante su propia sangre, padeció fuera de la puerta [de Jerusalén]. Salgamos, pues, a él, fuera del campamento [alusión al “campamento” que formaban las tribus de Israel en el desierto. Éxodo 14:19; 16:13.], llevando su vituperio; porque no tenemos aquí ciudad permanente, sino que buscamos la por venir.”
Los cristianos se apartan, pues, de los altares y demás instituciones judaicas, acudiendo al “altar”, en sentido retórico, de abnegación, expiación y amor divino sobre el que el Señor ofreció a sí mismo “para santificar al pueblo mediante su propia sangre”.
b) Comemos del “altar” nuestro al comer la carne y tomar la sangre de Cristo mediante el acto de celebrar la santa “cena del Señor” el primer día de cada semana (Hechos 20:7). “Los que sirven al tabernáculo”, es decir, los que siguen adorando conforme al Antiguo Testamento, “no tienen derecho de comer” de nuestro altar. O sea, no tienen derecho de comer la “cena del Señor”, pues ni siquiera pertenecen a la iglesia, prefiriendo, más bien, continuar obedeciendo al Antiguo Testamento.
6. La pascua cambia. “Porque nuestra pascua, que es Cristo, ya fue sacrificada por nosotros” (1 Corintios 5:7).
a) Bajo el Antiguo Testamento, cada familia israelita debía escoger un “animal sin defecto, macho de un año”, tomándolo “de las ovejas o de las cabras”, y sacrificándolo el día décimo del primer mes, según el calendario seguido en aquel tiempo (Éxodo 12:1-28).
b) En cambio, conforme al Nuevo Testamento, Cristo es la “pascua” espiritual de los cristianos que siguen fielmente a Dios.
7. El vocablo “cena” adquiere nuevo significado. Nuestra ““cena del Señor”” no es una cena literal para satisfacer el hambre sino una cena espiritual (1 Corintios 11:17-22).
8. Cambia el día señalado para el cumplimiento de ciertos deberes espirituales. Nuestro “día del Señor” no es el séptimo día, es decir, el “día de reposo” de la ley mosaica, sino el “primer día de la semana”, o sea, domingo (Apocalipsis 1:10; 1 Corintios 16:1-2; Colosenses 2:14-16).
9. Cambian las provisiones para el sostenimiento de la obra de Dios en la tierra. La realización de obras evangelísticas y benévolas en el reino espiritual de Dios es costeada mediante ofrendas voluntarias apartadas “el primer día de cada semana” por cristianos que den alegre y generosamente (1 Corintios 16:1-2; 2 Corintios 8:1-12; 9:6-11).
Por cierto, los diezmos de la Antigua Ley fueron abrogados, juntamente con el sacerdocio levítico, para el cual una porción de ellos fue destinada.
Varios estudios pormenorizados sobre la abolición de los diezmos se hallan en www.editoriallapaz.org/diezmos_compilacion.htm.
10. Cambia la circuncisión. La circuncisión hecha en la carne por Abraham y sus descendientes hasta el tiempo de Cristo no tiene valor alguno bajo el Nuevo Testamento de Cristo. “Porque en Cristo Jesús ni la circuncisión vale algo, ni la incircuncisión, sino la fe que obra por el amor” (Gálatas 5:6). El Espíritu de Dios enseña claramente que la circuncisión que practica el cristiano es espiritual, o sea, “es la del corazón, en espíritu, no en letra” (Romanos 2:25-29).
11. Cambian los parámetros de la adoración que agrada a Dios. “Mas la hora viene, y ahora es, cuando los verdaderos adoradores adorarán al Padre en espíritu y en verdad; porque también el Padre tales adoradores busca que le adoren. Dios es Espíritu; y los que le adoran, en espíritu y en verdad es necesario que adoren” (Juan 4:23-24).
a) Los israelitas adoraban en el templo en Jerusalén conforme al Antiguo Testamento, sacrificando animales, quemando incienso, cantando himnos, tocando instrumentos de música, etcétera. Bien que las “ordenanzas de culto” de aquel “primer pacto” (Hebreos 9:1) tuvieran ciertos propósitos espirituales, se centraban en lo material, animal y visual.
b) Fuerte contraste con aquel culto en el “santuario terrenal” hace el culto centrado en lo espiritual del Nuevo Testamento.
Durante la Era Cristiana, los “verdaderos adoradores” adoran “en espíritu”, es decir, en su espíritu, su alma, su mente, su corazón. Adoran “en verdad”, o sea, según “toda la verdad” revelada por el Espíritu Santo (Juan 16:13) en el Nuevo Testamento.
A propósito, de haber contenido aquella Antigua Ley de Israel “toda la verdad” de Dios para la iglesia, ¿con qué sentido o lógica enviar Jesucristo al Espíritu Santo para revelar de nuevo aquella misma verdad? Es, pues, evidente que el Espíritu Santo traería una “verdad” divina distinta a la de la Antigua Ley de Moisés.
12. El incienso cambia. Los verdaderos adoradores que rinden loor a Dios conforme al Nuevo Testamento no queman incienso literal en culto a él. Más bien, el incienso que sube de la iglesia verdadera, llegando hasta el trono de Dios, es espiritual. Esta hermosa verdad se pone de relieve en Apocalipsis 5:8, donde se dice que las “copas llenas de incienso… son las oraciones de los santos”.
D. Conclusión. Ciertamente, ¡todo ha cambiado bajo el Nuevo Testamento! Abrogado el Antiguo Testamento y entrando en vigor el Nuevo Testamento, ¿cuál estatuto, institución, ceremonia o acto de adoración no haya sido cambiado? ¿Cuál o cuáles hayan sido incorporados, sin cambio alguno, en el Nuevo Testamento?
II. La APLICACIÓN de estas verdades y de esta línea de razonamiento a la cuestión del uso de los instrumentos de música en la adoración de la iglesia.
A. Al efectuar Dios el total “cambio de ley” señalado en Hebreos 7:12, entendemos que es absolutamente necesario inferir que la música sacra no quedara exenta. Lógicamente, también fue cambiada.
1. Recalcando para enfatizar, es realmente inconcebible que todo lo de “ese culto” (Hebreos 9:9) fuese cambiado menos la música. ¿Todo menos la música? ¿Por qué anular, o abrogar, todas aquellas “ordenanzas de culto” (Hebreos 9:1), exceptuándose solo la música?
2. Pero, no estamos limitados a una “inferencia”, por necesaria que fuese, para sostener la doctrina que estamos exponiendo acerca de música en la iglesia, pues, el cambio en la música que agrada a Dios se registra con precisión en el Nuevo Testamento, resaltándose en textos tales como Efesios 5:19.
De acuerdo con lo enseñando en este pasaje, se hace melodía, se hace música, se alaba “en el corazón”, y no tocando arpas, liras, salterios, flautas, trompetas u otros instrumentos de música. He aquí el cambio en la música –cambio tan patente, obvio, claro y palpable como los doce cambios señalados en la partida “C” arriba. Cambio reforzado grandemente por los mandamientos, los ejemplos y las directrices neotestamentarias que establecen y regulan la música en la iglesia del Señor.
¿Con qué razón o justificación afirmar, categóricamente, que Dios no cambiara la música al cambiar él mismo aquella “ley” dada a Israel? Qué conste: no una parte de la ley antigua dada a Israel sino toda aquella ley. Desde Cristo en adelante, Dios hace una “nueva creación” (Gálatas 6:15), y esta “nueva creación” ha de ser gobernada por una nueva ley espiritual. De otro modo, ¿cómo podría ser “nueva”?
Suponiendo que la iglesia tuviera que seguir adorando según la ley dada a Israel, planteamos que ella no constituiría una “nueva creación” sino una renovación, o purificación, de una entidad religiosa ya existente, a saber, Israel. Pero, el que la iglesia, entidad espiritual, suplanta al pueblo terrenal de Israel figura entre las doctrinas principales y más evidentes de Cristo y los apóstoles.
3. El cambio en el tipo de música que agrada a Dios durante la Era Cristiana también se confirma en 1 Corintios 14:26. “Cuando os reunís, cada uno de vosotros tiene salmo.” ¿Se alude a los salmos del Antiguo Testamento? De modo alguno. El Espíritu Santo está exponiendo, a través del apóstol Pablo, el tema de los dones sobrenaturales, y el contexto exige que “salmo” se entienda como salmo revelado por el Espíritu para la iglesia. Así que, ¡nuevos salmos para la “nueva creación”! Salmos diferentes a los que compuso David. Salmos a tono con la naturaleza espiritual de iglesia. Salmos espirituales. ¡Una nueva música para el nuevo pueblo de Dios!
¿Cómo pensar que este nuevo pueblo, la iglesia, siguiera cantando los salmos de David y tocando instrumentos de música en acompañamiento? La mayoría de aquellos salmos piden venganza y castigo para los enemigos de David. Así pues, ni siquiera serían apropiados para un nuevo pueblo que deja la venganza a Dios (Romanos 12:19). Un pueblo nuevo espiritual que no milita “según la carne” (2 Corintios 10:3-6).
Referente a los salmos de 1 Corintios 14:26 y los salmos que figuran en Colosenses 3:16, se ofrece un estudio pormenorizado en www.editoriallapaz.org/musica_intercambio_salmos_Colosenses316.htm.
B. En el Nuevo Testamento, todo es espiritual –“casa espiritual”, sacerdocio espiritual, “sacrificios espirituales”; circuncisión, altar, incienso, pascua y cena espirituales; “cánticos espirituales”, adoración “en espíritu”. Pero, los instrumentos de música no son, por naturaleza, espirituales. Por lo tanto, no armonizan con la naturaleza de la nueva “casa espiritual”, con su adoración espiritual. ¿Con qué justificación, pues, introducirlos e imponerlos en la “casa espiritual” de Dios? Objetos discordantes con lo espiritual. Objetos pertenecientes a la categoría de cosas materiales tales como velas, incensarios de oro, inciensos aromáticos, altares de oro o madera preciosa, vestimentas sacerdotales, etcétera.
1. Se argumenta que el pan sin levadura usado en la ““cena del Señor”” no ha cambiado, que el mismo pan sin levadura consumido en la pascua judía se consume también en la “cena del Señor”, tratándose de un elemento material, y no espiritual.
2. Encontramos deficiente este argumento. Ciertamente, el uso y el significado de pan sin levadura cambian en el Nuevo Testamento.
a) Doce tortas de pan sin levadura, seis en cada hilera, se colocaban sobre una mesa en el Lugar Santo del tabernáculo (templo) judío cada siete días, derramándose sobre cada hilera “incienso puro, y será para el pan como perfume, ofrenda encendida a Jehová. Y será de Aarón y de sus hijos, los cuales lo comerán en lugar santo; porque es cosa muy santa para él, de las ofrendas encendidas a Jehová, por derecho perpetuo” (Levítico 24:5-9).
b) Ahora bien, en la iglesia regida por el Nuevo Testamento, ¿colocamos doce tortas sobre la mesa del Señor, seis en cada hilera, derramando incienso sobre el pan sin levadura? Negativo. Ni pensarlo.
¿Qué simbolizaban aquellas doce tortas? Simbolizaban a los doce patriarcas, o acaso a las doce tribus de Israel. En cambio, el pan sin levadura en la “cena del Señor” “es la comunión del cuerpo de Cristo” (1 Corintios 10:16-17).
Tomemos nota: consumían las tortas solo los sacerdotes levíticos. ¿Consumen el pan de la “cena del Señor” solo los líderes de la iglesia? Toda persona que conoce textos relevantes tales como 1 Pedro 2:4-9 sabe que todo miembro fiel de la iglesia verdadera tiene el derecho y el deber de participar “de aquel mismo pan” que es Cristo, pues todo miembro fiel es sacerdote espiritual.
Así que, las diferencias entre el uso y el significado de pan sin levadura en los dos Testamentos son tan evidentes como notables.
3. Bien que el pan sin levadura usado en la “cena del Señor” sea pan material, su significado en el culto de la iglesia es totalmente simbólico, y totalmente “espiritual” su significancia para el que adora “en espíritu y en verdad”. Por otro lado, enfocando los instrumentos de música utilizados comúnmente en la “adoración contemporánea” tan popular hoy día, estos no son, en definitiva, simbólicos, sino que constituyen un medio particular de alabanza, una forma de rendir culto al Soberano Dios en el cielo.
4. Resumimos de la siguiente manera el argumento de quienes abogan y defienden el uso de instrumentos de música en adoración a Dios. Efectivamente, dicen: el pan de la “cena del Señor” es el mismo pan material usado en el templo judío. Por lo tanto, el uso de este pan material en la “cena del Señor” asienta el precedente de traer a la iglesia cosas materiales del Antiguo Testamento, incluso instrumentos de música, pues estos también caen en la categoría de cosas materiales.
A lo cual respondemos que, siguiendo esta misma línea de argumentación, bien podríamos traer a la iglesia incensarios de oro, inciensos aromáticos materiales, sacrificios de animales, vestimentas sacerdotales, altares de oro, juntamente con toda otra cosa material de la Antigua Ley.
Mientras unas pocas iglesias, destacándose entre ellas la Iglesia Católica Romana, han incorporado en sus liturgias algunos de los objetos materiales mencionados, la inmensa mayoría de los proponentes del uso de instrumentos de música en las alabanzas son mucho más selectivos. Seleccionan algunas cosas materiales de la Antigua Ley, prohibiendo el uso de otras en sus iglesias. Seleccionan instrumentos de música y diezmos, pero no admiten altares de oro, inciensos o incensarios de oro. ¡Curioso proceder! De hecho, ¡realmente arbitrario e inconsecuente!
Para la consideración de tales proponentes selectivos presentamos una norma enunciada por el Espíritu Santo a través del apóstol Pablo, a saber:
El que se impone una parte de la Antigua Ley, ¡está obligado a guardar toda aquella ley! “Y otra vez testifico a todo hombre que se circuncida, que está obligado a guardar TODA LA LEY” (Gálatas 5:3).
Aplicando esta norma al presente, diríase: “Todo hombre que trae a la iglesia instrumentos de música de la Antigua Ley, está obligado a guardar toda la ley”.
Pero, suponiendo que el tal pudiera “guardar toda la ley”, ¿de qué le aprovecharía? ¡De nada, en absoluto! Es más: el resultado desastroso de hacerlo sería perder su salvación. Esto lo sabemos por lo que Pablo escribió enseguida, después de las palabras registradas en Gálatas 5:3. Dice: “De Cristo os desligasteis, los que por la ley os justificáis; de la gracia habéis caído” (Gálatas 5:4).
C. En el Nuevo Testamento, los vocablos “pueblo”, “hijos de Abraham”, “casa”, “templo”, “sacerdocio”, “sacrificio”, “altar”,“incienso”, “pascua”, “cordero”, “cena”, “circuncisión”, etcétera, adquieren nuevos significados espirituales. ¿Está usted de acuerdo? Pues, ¿con qué razón o lógica exceptuar el vocablo “ψάλλοντες” (griego), traducido “alabando”, en Efesios 5:19? No lo hacemos nosotros. Nos parece completamente ilógico exceptuarlo. Afirmamos confiadamente que ψάλλοντες, al igual que los demás términos anotados, tiene un nuevo significado espiritual en el Nuevo Testamento. Consiguientemente, razonamos que, efectivamente, …
1. No importa el significado de las palabras hebreas en el libro de los Salmos del Antiguo Testamento, equivalentes a ψάλλοντες, con sus derivados.
2. No importa el significado de ψάλλοντες en la Septuaginta, versión griega del Antiguo Testamento.
3. No importa su significado en la literatura griega secular del tiempo de Cristo y los apóstoles.
4. No son necesariamente determinantes e indiscutibles, o incontrovertibles, los significados que lexicógrafos tenidos por expertos den a ψάλλοντες, pues también son hombres falibles. ¿Tienen todos la “inteligencia espiritual” (Colosenses 1:9) que hace posible el discernimiento espiritual?
[Ver la partida “f)” abajo para información adicional sobre este punto y las aportaciones de lexicógrafos destacados.]
5. Más bien, conceptuamos como determinante, decisivo, contundente, el significado que el Espíritu Santo da al vocablo ψάλλοντες, de acuerdo con...
a) El contexto particular donde se encuentra la palabra...
b) Y el contexto más amplio del Testamento donde aparece.
Estimado lector, le suplicamos analice detenida y pacientemente estos factores. No deseo ser pedante, ni complicar innecesariamente este tema. Pero, tampoco omitir asuntos vitales para su entendimiento.
(1) ¿Cuál es el contexto general de ψάλλοντες en Efesios 5:19? Pues, claro, es el de todo el Nuevo Testamento, en el cual todo lo del Antiguo Testamento ha sido cambiado, donde “lo espiritual” predomina, crece y sobreabunda hasta llenarlo todo, desplazando lo material, lo terrenal, de aquel santuario-tabernáculo-templo de Israel cuyas ordenanzas eran válidas solo hasta la muerte de Cristo en la cruz. En este contexto general, frases y términos tomados del Antiguo Testamento adquieren nuevos significados espirituales en el Nuevo Testamento.
(2) ¿Cuál es el contexto particular de ψάλλοντες en Efesios 5:19? Particularmente, es el de un vocablo específico seguido por la frase adverbial: “en vuestros corazones”. Esta frase clave rinde figurativa la acción señalada por ψάλλοντες. ¿Por qué? Porque se rasguean las cuerdas, las fibras, de un “instrumento” vivo, el cual es identificado como el corazón.
¿Rasguear cuáles instrumentos? “…vuestros CORAZONES…”
¿Qué es lo que se hace mediante la acción de rasguear las cuerdas del corazón? Se hacen vibrar armoniosamente los sentimientos más nobles y puros del corazón, las emociones profundamente espirituales, las alabanzas espirituales del corazón que desea rendir culto al Dios que “es espíritu”.
La frase adverbial “en vuestros corazones” especifica instrumentos vivos, eliminándose, por consiguiente, cualquier otro instrumento, por ejemplo, un arpa, una lira o un salterio. De la misma manera que la estipulación de pan sin levadura para la “cena del Señor” elimina el uso de cualquier otro pan.
En adición a estas consideraciones, observamos que precede el vocablo ψάλλοντες el mandamiento “hablando entre vosotros con salmos, con himnos y cánticos espirituales”. Subrayamos: “…hablando…” Pero, los instrumentos de música no hablan, y por consiguiente, tocarlos no responde al mandamiento “hablando”. De nuevo, se pone de relieve el que tocar instrumentos de música en las alabanzas simplemente no armoniza con el contexto de Efesios 5:19.
(3) ¿Quién establece tanto el contexto particular como el contexto general de Efesios 5:19, y textos parecidos? No lo hace este servidor, ni cualquier otro expositor, sino el propio Espíritu Santo.
¿Quién establece en el Nuevo Testamento el contexto de instituciones, ordenanzas y alabanzas espirituales? El Espíritu Santo lo hace. ¿Quién cambia todo lo del Antiguo Testamento? Respuesta correcta: Dios, a través del Espíritu Santo. ¿Quién da nuevos significados a los vocablos del Antiguo Testamento utilizados en el Nuevo Testamento? Respuesta acertada: el Espíritu Santo.
Por lo tanto, no estamos inventando nosotros contextos o argumentos meramente humanos. Al contrario, solo seguimos los que son evidentes en el texto inspirado del Nuevo Testamento.
D. Desprende de este análisis una deducción ineludible: el significado de ψάλλοντες en Efesios 5:19 es “alabando”, o “haciendo melodía”, o “haciendo música”, tocando solo las cuerdas del corazón. De acuerdo con las razones expuestas, el vocablo ψάλλοντες simplemente no puede tener otro significado. A riesgo de tautologías fatigosas, resumimos:
1. Todo lo de la Antigua Ley ha sido cambiado.
2. La terminología del Antiguo Testamento, utilizada en el Nuevo Testamento, adquiere nuevos significados.
3. El contexto particular y el contexto general de Efesios 5:19 no admiten otro significado.
4. Tal significado es el único que armoniza totalmente con “lo espiritual”, es decir, con la naturaleza espiritual de las instituciones, ordenanzas y alabanzas autorizadas en el Nuevo Testamento.
E. La misma deducción es aplicable a los demás textos en el Nuevo Testamento donde aparecen ψάλλοντες, αδοντες, traducido “cantando” en Efesios 5:19, o sus derivados.
F. Volvemos a la pregunta: ¿Tienen todos los lexicógrafos la “inteligencia espiritual” (Colosenses 1:9) que hace posible el discernimiento espiritual también necesario para la traducción acertada del hebreo, el griego o el arameo?
1. Una vez más, llamamos atención a la naturaleza sumamente espiritual del Nuevo Testamento. Una norma fundamental de este Nuevo Testamento es la de acomodar “lo espiritual a lo espiritual” (1 Corintios 2:12-16). ¿Quién es capaz de aplicarla correctamente? El “hombre natural” no, sino solo “el espiritual”. Este sabe “discernir espiritualmente… las cosas que son del Espíritu de Dios”, y lo puede hacer porque posee “inteligencia espiritual” (Colosenses 1:9).
2. ¿Tiene el lexicógrafo, el que sea, discernimiento espiritual según el Nuevo Testamento, en adición a sus conocimientos del hebreo, griego, arameo o latín? Sin pretensión alguna de ser erudito este servidor en todas estas materias de idiomas antiguos, traducciones fidedignas, etcétera, tengo la ilusión de poseer al menos la capacidad para discernir si un lexicógrafo toma en cuenta, o no, los contextos espirituales de vocablos tales como ψάλλοντες y ᾄδοντες. Veo, personalmente, que algunos evidencian tenerlo. Por ejemplo:
a) El renombrado lexicógrafo Joseph Henry Thayer, D.D., da a ψάλλοντες la siguiente definición: “…rasguear las cuerdas de un instrumento de música de tal manera que vibren ligeramente, tocar un instrumento de cuerdas, tocar el arpa. Cantar, acompañado por la música del arpa. En el Nuevo Testamento, cantar un himno, celebrar mediante cánticos las glorias de Dios, Santiago 5:13” (Léxico griego-inglés del Nuevo Testamento, por Joseph Henry Thayer. American Book Company. Página 675).
b) El Sr. Green, en su léxico griego-inglés del Nuevo Testamento, Página 206, define ψάλλοντες diciendo: “tocar las cuerdas…. tocar un instrumento de cuerdas; cantar con música. En el Nuevo Testamento, cantar alabanzas, Romanos 15:9; 1 Corintios 14:15; Efesios 5:19; Santiago 5:13”.
c) Tomemos nota de cómo estos dos lexicógrafos distinguen entre el significado de ψάλλοντες en el Antiguo Testamento, o en la literatura secular, y su significado “en el Nuevo Testamento”. ¡Claro que su significado es diferente en el Nuevo Testamento! Los contextos, los mandamientos y las directrices sobre la adoración asentados por el Espíritu Santo en el Nuevo Testamento sostienen convincentemente esta conclusión. Por tal razón, en Efesios 5:19, los traductores debidamente cualificados traducen ψάλλοντες como “alabando”. Qué conste: no lo traducen…
“…tocando el arpa”,
“…tocando instrumentos de música” o…
“…cantando, con el acompañamiento del arpa, pero con la opción de cantar sin el arpa, a discreción del adorador”.
Efectivamente, tales traductores acomodan “lo espiritual a lo espiritual”. En cambio, introducir e imponer en la “casa espiritual” de Dios instrumentos materiales de música es intentar acomodar lo MATERIAL a lo espiritual, procedimiento que repudiamos los que seguimos el criterio de conservar la naturaleza espiritual de la iglesia y rendir siempre adoración “en espíritu”, como también “en verdad”.
Un estudio mucho más comprehensivo sobre Efesios 5:19 está disponible en www.editoriallapaz.org/musica_razones_parte_5_Efesios_5_19.htm.
III. Los cristianos no alabamos a Dios conforme a las ordenanzas del Antiguo Testamento porque aquel Testamento fue abrogado en su totalidad. Adoramos de acuerdo con las instrucciones del Nuevo Testamento.
A. Apelar a pacto muerto, caducado y clavado en la cruz es lo que hace todo aquel que apela a los significados que tenían ψάλλοντες y αδοντες en el Antiguo Testamento para justificar los instrumentos de música en la iglesia.
B. Adorar conforme a pacto muerto, caducado y clavado en la cruz es lo que hace todo aquel que toca instrumentos de música en la iglesia, o canta himnos con el acompañamiento de instrumentos de música.
C. Liberado del yugo de esclavitud de la Antigua Ley de Moisés y gozando del gran privilegio de servir a Dios bajo el Nuevo Pacto, este servidor no ejecuta, en culto a Dios, ninguna ordenanza del Antiguo Testamento. Incluso, no toca instrumentos de música, ni aprueba que otros los toquen.
Excluidos estos instrumentos del culto de la iglesia, lógicamente quedan vedados para toda actividad espiritual. Por lo tanto, no es correcto tocarlos en cultos celebrados en hogares cristianos, en campañas al aire libre, en devociones privadas, para entretenerse con “música cristiana”, etcétera. Aplicándose esta norma, el que esto escribe no compra ni escucha discos o casetes de “música cristiana” donde se escuchen instrumentos de música.
IV. Cuestiones de pecado, comunión, mutuo apoyo, condenación y división.
A. ¿Es pecado introducir e imponer instrumentos de música en la iglesia? Juzgue usted, querida alma que está analizando el tema de la música en la iglesia.
1. ¿Es pecado implementar en la iglesia ordenanzas del Antiguo Testamento, sin contar con ningún apoyo exclusivamente neotestamentario? Juzgue usted, teniendo presente la enseñanza apostólica.
a) “He aquí, yo Pablo os digo que si os circuncidáis, de nada os aprovechará Cristo” (Gálatas 5:2). Los judaizantes del siglo I confesaban el nombre de Cristo, perteneciendo, se asume, a la iglesia, pero imponían la circuncisión tanto para los gentiles convertidos como para los judíos. ¿Pecaban?
La sentencia del apóstol Pablo sobre ellos es la siguiente: “…de nada os aprovechará Cristo”. Añade: “De Cristo os desligasteis, los que por la ley os justificáis; de la gracia habéis caído” (Gálatas 5:4). Estas expresiones significan que aquellos judaizantes sí pecaban. No hay lugar a dudas: ¡pecaban!
b) Lógicamente, el lenguaje del Espíritu Santo, a través del apóstol Pablo, es igualmente aplicable a las demás ordenanzas de la Antigua Ley mosaica. Lo adaptamos de la siguiente manera: “He aquí, yo Pablo os digo que si” guardan los sábados, se abstienen de alimentos, diezman, edifican altares, queman incienso, se ponen vestimentas sacerdotales, sacrifican corderos o tocan instrumentos de música, “de nada os aprovechará Cristo”. Hacerlo sería seguir “otro evangelio” (Gálatas 1:6-10). Un “evangelio diferente” adulterado por la incorporación de mandamientos y prácticas que atañían al Antiguo Testamento. Seguir “otro evangelio” es pecar.
2. ¿Se encuentra en el Nuevo Testamento apoyo para el uso de instrumentos músicos en la iglesia? ¡NEGATIVO! ¡NINGUNA! La evidencia abunda y sobreabunda.
Estimado lector, de rechazar usted la evidencia ya presentada y seguir abogando por la música instrumental en la iglesia, nuestro deber ante Dios es informarle que usted está incurriendo en pecado. ¿En cuál? Pues, en el mismo que cometieron los gálatas, a saber, en el de JUDAIZAR.
Este pecado es el de imponer en la iglesia, como práctica o ley, cualquier ordenanza del Antiguo Testamento. Citando la ordenanza tal y como practicada bajo el Antiguo Testamento. En el caso de instrumentos de música, apelando al significado de ψάλλοντες y αδοντες de acuerdo con su uso en el Antiguo Testamento.
Este error mayúsculo de judaizar se agrava, haciéndose doblemente peligroso y dañino al causar disensiones y divisiones entre los cristianos. Por esto, el apóstol Pablo añade: “Esta persuasión no procede de aquel que os llama” (Gálatas 5:9).
B. La cuestión de “comunión y mutuo apoyo” entre congregaciones, o iglesias, que no usan instrumentos de música en las alabanzas y las que sí las usan o aprueban.
1. Muchos judaizantes del siglo I permanecían en aquellas congregaciones organizadas por los apóstoles y evangelistas, por ejemplo, en las de Galacia. Sin embargo, no contaban, en definitiva, con la aprobación o el apoyo del Espíritu Santo, quien, a través de los apóstoles, los señalaba y denunciaba continuamente, advirtiéndoles que se estaban apartando de Cristo y que adulteraban el evangelio puro. Andando el tiempo, los fanáticos obstinados formaron sectas judaizantes cuyos integrantes confesaban el nombre de Cristo, pero que también seguían siendo “celosos por la ley” (Hechos 21:20).
2. Después de la gran apostasía que alcanzó su apogeo durante la Edad Media, a principios del siglo XIX fue iniciada, en numerosos lugares, la restauración de la iglesia tal cual establecida por Cristo, con su culto “en espíritu y en verdad”. Las congregaciones que se sometían al Nuevo Testamento, adoraban “unánimes, a una voz” (Romanos 15:5-6), sin instrumentos musicales, hasta el año 1848, fecha que marcó el inicio de una nueva controversia sobre el uso de instrumentos musicales en la adoración.
Para la década de los 1860, la controversia se puso candente en la hermandad, optando por los instrumentos, en particular, por el órgano, cada vez más congregaciones. La introducción de los instrumentos causó grandes divisiones, las cuales culminaron en el año 1906 en la creación de la Iglesia Discípulos de Cristo y la Iglesia Cristiana. Estas iglesias han sufrido todavía más divisiones, incluso la creación de la Iglesia Cristiana Conservadora y de congregaciones que se identifican como Iglesias de Cristo Instrumentales.
a) Estas iglesias creadas a consecuencia de la introducción de la música instrumental siguen defendiendo y utilizando instrumentos de música en la adoración. Con raras excepciones, su posición doctrinal referente a tocar instrumentos de música en la adoración es oficial e intransigente. Es decir, insisten y persisten en judaizar.
b) Por lo tanto, entrar en plena comunión con las iglesias o las congregaciones cuya doctrina oficial e innegociable permite el uso de instrumentos musicales, apoyándolas en sus obras, equivaldría a dar aprobación tácita a sus graves errores de judaizar y de causar divisiones. Al respecto, el apóstol Pablo exhorta: “Al hombre que cause divisiones, después de una y otra amonestación deséchalo, sabiendo que el tal se ha pervertido, y peca y está condenado por su propio juicio” (Tito 3:10-11).
c) Desde luego, el diálogo no es sinónimo de plena comunión o de mutuo apoyo. De hecho, estamos abiertos al diálogo con almas sinceras dispuestas a estudiar objetivamente el asunto de la música en la iglesia, y muy dispuestos a dialogar con iglesias enteras que permiten el instrumento pero que aman la verdad y la unidad, no temiendo someter su creencia y práctica al fuego de la Palabra inspirada. Sin embargo, la plena comunión y el mutuo apoyo sin barreras se reservan, lógicamente, solo para los creyentes y las congregaciones que compartimos la misma doctrina y práctica.
El Diálogo entre el hermano A Capela y el hermano Instrumento enfoca el derrotero que suele tomar el diálogo entre los dos bandos contrarios. www.editoriallapaz.org/Musica -Dialogo.htm.
C. La cuestión de “juicios y condenación”. ¿Están condenados al infierno aquellos que tocan instrumentos en las alabanzas, o aprueban su uso? Contestamos de la siguiente manera:
A Dios, y solo a Dios, le corresponden tales juicios. Pronunciar sentencia sobre el destino de cada ser humano es prerrogativa exclusiva de la Deidad. Al siervo del Señor le toca enseñar correctamente la Palabra, persuadir y advertir, rigorosamente evitando emitir juicios sobre el destino eterno de cualquier persona en particular.
Subrayando el Espíritu Santo, una y otra vez, el peligro de judaizar y dividir, pensamos cumplir nuestro deber al citar sus palabras claras y poderosas, siempre expresándonos con reverencia y amor hacia todo aquel que “demande razón” de nosotros, no solo acerca de nuestra “esperanza” de salvación sino también de nuestras convicciones doctrinales.
Amado, amada en el Señor, Dios le bendiga y guíe en sus estudios sobre la adoración aprobada por Dios, Cristo y el Espíritu Santo, al igual que a este servidor.
Estimado evangelista, predicador, pastor, maestro, obispo,
el “obrero… aprobado” por Dios que “usa bien la palabra
de verdad” (2 Timoteo 2:15) aprende y domina estos temas,
instruyendo bíblicamente a las almas que profesan fe
en Cristo. Para que sean “verdaderos adoradores”
aprobados por Dios, habiendo aprendido a adorar
“en espíritu y en verdad”(Juan 4:20-24).
¿Pertenece usted al rango de “Obreros aprobados por
Dios”? ¿Se ocupa “de la lectura” (1 Timoteo 4:13-16) y de
escudriñar “las Escrituras” (Juan 5:39) hasta adquirir
el conocimiento necesario para evitar errar y engañar?
O, por ser estudiante flojo, ¿se deja llevar usted mismo
“doquiera por cualquier viento de doctrina”
(Efesios 4:14-16), engañado y engañando?
¡Anímese al estudio diligente y objetivo! “Ten cuidado
de ti mismo y de la doctrina; persiste en ello, pues
haciendo esto, te salvarás a ti mismo
y a los que te oyeren” (1 Timoteo 4:16).
LIBRO en PDF
También disponible como impreso
¿Autoriza Dios el uso de INSTRUMENTOS
de MÚSICA en las ALABANZAS de la iglesia?
Dieciséis estudios
139 páginas, tamaño carta
La PORTADA del libro en PDF
La CONTRAPORTADA en PDF
El CONTENIDO en PDF. Dos páginas
Por qué ESCRUTAR estos temas, en PDF. Una página
El TEXTO en PDF. 139 páginas
Parte 2 de esta serie. Tres razones adicionales para rechazar instrumentos musicales en cultos y otras actividades de la iglesia.
Lista de los estudios que componen esta serie sobre la música en la iglesia
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